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	<title>AUDYN Asociación Uruguaya de Dietistas y Nutricionistas</title>
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		<title>Convenio AUDYN &#8211; Universitario Crandon &#8211; Programa de Especialista en Gestión de Empresas Gastronómicas</title>
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		<pubDate>Thu, 12 May 2011 18:14:08 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[Novedades]]></category>

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		<description><![CDATA[El egresado podrá gerenciar restaurantes, bares, servicios de catering, entre otros. Duración 1 año Inicio 16 de mayo Por más información comunicarse a AUDYN Socios de AUDYN 25 % de dto. Universitario Crandon: Juan Ramón Gomez 2706, tels. 2478.26.25 &#8211; 2487.33.75 int. 123 secretaria@universitariocrandon.edu.uy / www.universitariocrandon.edu.uy]]></description>
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<li>El egresado podrá gerenciar restaurantes, bares, servicios de catering, entre otros.</li>
<li>Duración 1 año</li>
<li>Inicio 16 de mayo</li>
<li>Por más información comunicarse a AUDYN</li>
</ul>
<p><strong>Socios de AUDYN 25 % de dto.</strong></p>
<p>Universitario Crandon: Juan Ramón Gomez 2706, tels. 2478.26.25 &#8211; 2487.33.75 int. 123</p>
<p><a href="mailto:secretaria@universitariocrandon.edu.uy" target="_blank">secretaria@universitariocrandon.edu.uy</a> / <a href="http://www.universitariocrandon.edu.uy/" target="_blank">www.universitariocrandon.edu.uy</a></p>
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		<title>Laudo de la Profesión</title>
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		<pubDate>Thu, 05 May 2011 13:29:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Socio]]></category>
		<category><![CDATA[Gremiales]]></category>
		<category><![CDATA[Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Laudo]]></category>

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		<description><![CDATA[GRUPO 15 (EX GRUPO 40) ASISTENCIA MEDICA Y SERVICIOS ANEXOS SALARIOS MINIMOS DEL 1/01/2011 AL 30/06/2011 DEPARTAMENTO DE ALIMENTACION CARGOS SUPERIORES JEFE DE DEPARTAMENTO………………………………………… $ 18.225.65 NUTRICIONISTA O DIETISTA ASISTENTE………………………. $ 16.557.91 NUTRICIONISTA O DIETISTA SUPERVISOR……………………. $ 15.042.76 &#160; CARGOS OPERATIVOS DIETISTA O NUTRICIONISTA – DIETISTA………………………..$ 13.677.41 &#160; VALOR HORA NOMINAL: $U 87.68 – titular [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong><span style="text-decoration: underline;">GRUPO 15 (EX GRUPO 40)</span></strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;"> </span></strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">ASISTENCIA MEDICA Y SERVICIOS ANEXOS</span></strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;"> </span></strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>SALARIOS MINIMOS DEL 1/01/2011 AL 30/06/2011</strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;"> </span></strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">DEPARTAMENTO DE ALIMENTACION</span></strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;"> </span></strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;"> </span></strong></p>
<p><span style="text-decoration: underline;">CARGOS SUPERIORES</span></p>
<p>JEFE DE DEPARTAMENTO………………………………………… $ 18.225.65</p>
<p>NUTRICIONISTA O DIETISTA ASISTENTE………………………. $ 16.557.91</p>
<p>NUTRICIONISTA O DIETISTA SUPERVISOR……………………. $ 15.042.76</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="text-decoration: underline;">CARGOS OPERATIVOS</span></p>
<p>DIETISTA O NUTRICIONISTA – DIETISTA………………………..$ 13.677.41</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>VALOR HORA NOMINAL: $U 87.68 – titular</p>
<p>$U 91.18 – suplente</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">GRUPO 15 (EX GRUPO 40)</span></strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;"> </span></strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">ASISTENCIA MEDICA Y SERVICIOS ANEXOS</span></strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;"> </span></strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>SALARIOS MINIMOS DEL 1/07/2010 AL 31/12/2010</strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;"> </span></strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">DEPARTAMENTO DE ALIMENTACION</span></strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;"> </span></strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;"> </span></strong></p>
<p><span style="text-decoration: underline;">CARGOS SUPERIORES</span></p>
<p>JEFE DE DEPARTAMENTO………………………………………… $ 17.449.16</p>
<p>NUTRICIONISTA O DIETISTA ASISTENTE………………………. $ 15.852.48</p>
<p>NUTRICIONISTA O DIETISTA SUPERVISOR……………………. $ 14.401.88</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><span style="text-decoration: underline;">CARGOS OPERATIVOS</span></p>
<p>DIETISTA O NUTRICIONISTA – DIETISTA………………………..$ 13.094.69</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>VALOR HORA NOMINAL: $U 83.94 – titular</p>
<p>$U 87.30 &#8211; Suplente</p>
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		<title>Fiesta AUDYN</title>
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		<pubDate>Tue, 03 May 2011 16:22:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Novedades]]></category>

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		<description><![CDATA[Imágenes de la fiesta de AUDYN. 5 de Agosto día del Nutricionista.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Imágenes de la fiesta de AUDYN. 5 de Agosto día del Nutricionista.</p>

<a href='http://www.audyn.org.uy/novedades/fiesta-audyn/attachment/audyn-uruguay-fiesta-1/' title='audyn-uruguay-fiesta (1)'><img width="150" height="150" src="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/05/audyn-uruguay-fiesta-1-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="audyn-uruguay-fiesta (1)" title="audyn-uruguay-fiesta (1)" /></a>
<a href='http://www.audyn.org.uy/novedades/fiesta-audyn/attachment/audyn-uruguay-fiesta-2/' title='audyn-uruguay-fiesta (2)'><img width="150" height="150" src="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/05/audyn-uruguay-fiesta-2-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="audyn-uruguay-fiesta (2)" title="audyn-uruguay-fiesta (2)" /></a>
<a href='http://www.audyn.org.uy/novedades/fiesta-audyn/attachment/audyn-uruguay-fiesta-3/' title='audyn-uruguay-fiesta (3)'><img width="150" height="150" src="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/05/audyn-uruguay-fiesta-3-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="audyn-uruguay-fiesta (3)" title="audyn-uruguay-fiesta (3)" /></a>
<a href='http://www.audyn.org.uy/novedades/fiesta-audyn/attachment/audyn-uruguay-fiesta-4/' title='audyn-uruguay-fiesta (4)'><img width="150" height="150" src="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/05/audyn-uruguay-fiesta-4-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="audyn-uruguay-fiesta (4)" title="audyn-uruguay-fiesta (4)" /></a>
<a href='http://www.audyn.org.uy/novedades/fiesta-audyn/attachment/audyn-uruguay-fiesta-5/' title='audyn-uruguay-fiesta (5)'><img width="150" height="150" src="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/05/audyn-uruguay-fiesta-5-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="audyn-uruguay-fiesta (5)" title="audyn-uruguay-fiesta (5)" /></a>
<a href='http://www.audyn.org.uy/novedades/fiesta-audyn/attachment/audyn-uruguay-fiesta-7/' title='audyn-uruguay-fiesta (7)'><img width="150" height="150" src="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/05/audyn-uruguay-fiesta-7-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="audyn-uruguay-fiesta (7)" title="audyn-uruguay-fiesta (7)" /></a>
<a href='http://www.audyn.org.uy/novedades/fiesta-audyn/attachment/audyn-uruguay-fiesta-8/' title='audyn-uruguay-fiesta (8)'><img width="150" height="150" src="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/05/audyn-uruguay-fiesta-8-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="audyn-uruguay-fiesta (8)" title="audyn-uruguay-fiesta (8)" /></a>
<a href='http://www.audyn.org.uy/novedades/fiesta-audyn/attachment/audyn-uruguay-fiesta-9/' title='audyn-uruguay-fiesta (9)'><img width="150" height="150" src="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/05/audyn-uruguay-fiesta-9-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="audyn-uruguay-fiesta (9)" title="audyn-uruguay-fiesta (9)" /></a>
<a href='http://www.audyn.org.uy/novedades/fiesta-audyn/attachment/audyn-uruguay-fiesta-10/' title='audyn-uruguay-fiesta (10)'><img width="150" height="150" src="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/05/audyn-uruguay-fiesta-10-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="audyn-uruguay-fiesta (10)" title="audyn-uruguay-fiesta (10)" /></a>
<a href='http://www.audyn.org.uy/novedades/fiesta-audyn/attachment/audyn-uruguay-fiesta-11/' title='audyn-uruguay-fiesta (11)'><img width="150" height="150" src="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/05/audyn-uruguay-fiesta-11-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="audyn-uruguay-fiesta (11)" title="audyn-uruguay-fiesta (11)" /></a>
<a href='http://www.audyn.org.uy/novedades/fiesta-audyn/attachment/audyn-uruguay-fiesta-12/' title='audyn-uruguay-fiesta (12)'><img width="150" height="150" src="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/05/audyn-uruguay-fiesta-12-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="audyn-uruguay-fiesta (12)" title="audyn-uruguay-fiesta (12)" /></a>
<a href='http://www.audyn.org.uy/novedades/fiesta-audyn/attachment/audyn-uruguay-fiesta-13/' title='audyn-uruguay-fiesta (13)'><img width="150" height="150" src="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/05/audyn-uruguay-fiesta-13-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="audyn-uruguay-fiesta (13)" title="audyn-uruguay-fiesta (13)" /></a>
<a href='http://www.audyn.org.uy/novedades/fiesta-audyn/attachment/audyn-uruguay-fiesta-6/' title='audyn-uruguay-fiesta (6)'><img width="150" height="150" src="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/05/audyn-uruguay-fiesta-6-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="audyn-uruguay-fiesta (6)" title="audyn-uruguay-fiesta (6)" /></a>

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		<title>Revista Omega Nº4</title>
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		<pubDate>Mon, 18 Apr 2011 16:14:07 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Revista Omega Digital Nº4.  Asociación Uruguaya de Dietistas y Nutricionistas. Reflexionando sobre los alimentos Funcionales. Clic para ver revista online.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Revista Omega Digital Nº4.  Asociación Uruguaya de Dietistas y Nutricionistas.</p>
<p><a title="Revista Omega Digital" href="http://www.wobook.com/WB6o3hE18W8w">Reflexionando sobre los alimentos Funcionales. Clic para ver revista online.</a></p>
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		<title>Revista Omega Nº3</title>
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		<pubDate>Mon, 18 Apr 2011 16:09:48 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Revista Omega Digital Nº3.  Asociación Uruguaya de Dietistas y Nutricionistas. Participación de AUDyN en el CONBRAN 2010. Clic para ver revista online.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Revista Omega Digital Nº3.  Asociación Uruguaya de Dietistas y Nutricionistas.</p>
<p><a title="Revista Omega Digital" href="http://www.wobook.com/WB6o3hE1jx4c">Participación de AUDyN en el CONBRAN 2010. Clic para ver revista online.</a></p>
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		<title>XX CONUMER</title>
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		<pubDate>Wed, 02 Mar 2011 18:13:49 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[En la ciudad de San Pablo, Brasil, se realizó el XX encuentro del CONUMER, los días 19 y 20 de noviembre de 2010, participando delegados de FAGRAN – Argentina , CFN &#8211; Brasil, ASPAGRAN – Paraguay  y nuestra AUDYN. Habiéndose invitado, en esta oportunidad, a entidades latinoamericanas pertenecientes a la Confederación latinoamericana de Nutricionistas y [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/03/XX-CONUMER_todo-el-grupo.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-109" title="Hewlett-Packard" src="http://www.audyn.org.uy/wp-content/uploads/2011/03/XX-CONUMER_todo-el-grupo-300x225.jpg" alt="" width="300" height="225" /></a>En la ciudad de San Pablo, Brasil, se realizó el XX encuentro del CONUMER, los días 19 y 20 de noviembre de 2010, participando delegados de FAGRAN – Argentina , CFN &#8211; Brasil, ASPAGRAN – Paraguay  y nuestra AUDYN.</p>
<p>Habiéndose invitado, en esta oportunidad, a entidades latinoamericanas pertenecientes a la Confederación latinoamericana de Nutricionistas y Dietistas (CONFELANYD), se contó en esta oportunidad, únicamente con la presencia de la Asociación Brasileña de Nutricionistas – ASBRAN, sin respuesta de las demás entidades. Se consensuó reiterar esta invitación para el segundo semestre 2011 luego de finalizados dos temas ya programados en el XXI CONUMER:</p>
<p>- el Glosario de Alimentos,  a completarse los grupos de alimentos faltantes, compilación que finalizará la colega Graciela Romano – delegada por AUDYN para este tema.</p>
<p>- completar por entidad, los 9 Principios de Seguridad Alimentaria con sus indicadores, tema del que FAGRAN es la entidad encargada.</p>
<p>En esta oportunidad, AUDYN hizo el traspaso a la Asociación Paraguaya de Graduados en Nutrición – ASPAGRAN –, de la Secretaría General del CONUMER, por el bienio 2010-2012, entidad sede del XXI CONUMER,  debido al seguimiento de la Secretaría protémpore del MERCOSUR, en este semestre en Paraguay.</p>
<p><em>Lic. Nut. Valeria Ferreira</em></p>
<p><em>Secretaria  Nacional CONUMER.-</em></p>
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		<title>Novedades</title>
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		<pubDate>Mon, 21 Feb 2011 17:02:53 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Agradecemos a todos  los que se acercaron  a la carpa instalada en la plaza Crotoggini, con motivo de  participar en las actividades denominadas este año, &#8220;AGOSTO MES DEL NUTRICIONISTA, MES DE AUDYN&#8221;.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Agradecemos a todos  los que se acercaron  a la carpa instalada en la  plaza Crotoggini, con motivo de  participar en las actividades  denominadas este año, &#8220;AGOSTO MES DEL NUTRICIONISTA, MES DE AUDYN&#8221;.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Estatutos</title>
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		<pubDate>Tue, 15 Feb 2011 16:35:42 +0000</pubDate>
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				<category><![CDATA[Socio]]></category>
		<category><![CDATA[Institucional]]></category>

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		<description><![CDATA[CAPITULO I- CONSTITUCION- Artículo 1.- (Denominación y domicilio) Con el nombre de ASOCIACION URUGUAYA DE DIETISTAS Y NUTRICIONISTAS (AUDYN), créase una Asociación Civil que se regirá por los siguientes estatutos y por las leyes y reglamentos aplicables. Tendrá su domicilio en el Departamento de Montevideo. Artículo 2.- (Objeto Social) Esta institución tendrá los siguientes fines a: a) [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div>
<p><strong>CAPITULO I- CONSTITUCION- Artículo 1.- (Denominación y domicilio)</strong> Con el nombre de ASOCIACION URUGUAYA DE DIETISTAS Y NUTRICIONISTAS (AUDYN), créase una Asociación Civil que se regirá por los siguientes estatutos y por las leyes y reglamentos aplicables. Tendrá su domicilio en el Departamento de Montevideo. <strong>Artículo 2.- (Objeto Social)</strong> Esta institución tendrá los siguientes fines a: a) Propender al desarrollo profesional de los asociados para contribuir al mejoramiento de la asistencia nutricional; b) Propiciar y realizar actividades afines en la propia profesión o con participación  de otras profesiones; c) Propender a la afiliación a organismos nacionales e internacionales; d) Asesorar a los socios sus asuntos funcionales y profesionales; e) Propiciar el intercambio nacional e internacional mediante revistas, publicaciones, eventos, etc.; f) Administrarlos recursos de pertenencia de la Asociación.<br />
<strong>CAPITULO II- PATRIMONIO SOCIAL- Artículo 3.-</strong> El patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Los bienes muebles e inmuebles que posea y figuren acreditados; b) Los aportes ordinarios de los asociados que la Comisión Directiva establezca con carácter general. c) Las contribuciones de origen público o privado y las donaciones y legados a favor de la misma. d) Todo aporte extraordinario a cargo de los asociados que la Asamblea General establezca de acuerdo con la naturaleza de la institución.<br />
<strong>CAPITULO III- ASOCIADOS- Artículo 4.- (Clase de socios)</strong> Los socios podrán ser: fundadores, activos, honorarios o suscriptores. a) serán fundadores los concurrentes al acto de fundación de la institución y los que ingresen a la misma dentro de los treinta días siguientes a dicho acto. b) Serán socios activos los que tengan tres meses de antigüedad en el Registro Social t hayan cumplido regularmente con las obligaciones que impone este estatuto y establezcan los reglamentos generales de la institución. c) Serán socios honorarios aquellas personas que en razón de sus méritos o de los relevantes servicios prestados a la institución sean designados tales por la Asamblea General. d) Serán socios suscriptores los menores de 18 años y los que admitidos como asociados, no hayan cumplido aún con las condiciones indicadas en el inciso b) de este artículo.<strong>Articulo 5.- (Ingreso de asociados)</strong> con la sola excepción de los socios honorarios y de los fundadores concurrentes al acto de fundación, para ingresar como asociados se requerirá solicitud escrita presentada a la Comisión Directiva y resolución favorable de la misma por unanimidad.<strong>Articulo 6.- (condiciones de los asociados)</strong> Para ser admitido como socio se requiere: a) ser Dietista o Nutricionista graduado de la Escuela de Nutricionistas y Dietistas de la Universidad de la República, o de otro organismo similar oficial. a) ser Nutricionista extranjero que haya rivalidado su título en la Escuela de Nutrición y Dietética; c) Ser estudiante que curse el último año de la carrera de Nutrición y Dietética. <strong>Articulo 7.- (Derechos de los asociados)</strong> Los derechos de los asociados serán los siguientes: 1) De los socios fundadores y activos: a) Ser electos y elegibles. b) Integrar la Asamblea General con derecho a voz y voto. c) Solicitar la convocatoria de la Asamblea General (artículo 11, inciso 3). d) Utilizar los diversos servicios sociales. e) Presentar  a la Comisión Directiva iniciativas favorables al mejoramiento de la institución en cualquier aspecto. 2) De los socios honorarios y suscriptores: a) Participar en las Asambleas con voz y sin voto. b) Utilizar los diversos servicios sociales. c) Proponer ante la Comisión Directiva iniciativas tendientes al mejoramiento de la institución. 3) Cuando un socio honorario tenga también la calidad de socio activo o fundador sus derechos serán los establecidos en el apartado 1º de este artículo. El ejercicio de los derechos consagrados en el presente artículo se regirá por las disposiciones de estos estatutos y por las resoluciones y reglamentos que para los distintos  casos y derecho de su competencia directa de la Comisión Directiva o la Asamblea General, como asimismo con sujección a las leyes u demás normas que fueren aplicables. <strong>Articulo 8.- (Deberes de los asociados)</strong> Son obligaciones de los asociados: a) abonar puntualmente las cuotas ordinarias y las contribuciones extraordinarias que se establezcan. b) acatar las reglamentaciones y resoluciones sociales. <strong>Articulo 9.- (Sanciones a los asociados)</strong> Los socios podrán ser expulsados o suspendidos conforme a los siguientes principios: a) Será causa de expulsión de la entidad la realización de cualquier cato o la omisión que importe un agravio relevante a la institución, a sus actividades o a los principios morales  que debe presidir las actividades de la Asociación, o el desacato reiterado a resoluciones de sus autoridades. La expulsión podrá ser decretada por la Comisión directiva por voto conforme de dos tercios de sus integrantes, deberá ser notificada al interesado mediante telegrama colacionado o por otro medio fechaciente y el socio dispondrá de un plazo de 30 días a partir de esa notificación para recurrir por escrito fundado, para ante la Asamblea general, la que a tal efecto deberá ser convocada por la Comisión Directiva para fecha no posterior a los 30 días siguientes a la interposición del recurso. Este recurso no tendrá efecto suspensivo. b) Será causa de suspensión, hasta por un máximo de seis meses, la comisión de actos o la omisión que inspire un agravio a la institución, a sus actividades o a los principios morales sustentados, o el desacato reiterado a resoluciones de las autoridades sociales, que a juicio de la Comisión Directiva no den mérito para su expulsión. La suspensión será aplicada por decisión de simple mayoría reintegrantes de la Comisión Directiva y podrá ser recurrida en la misma forma establecida en el apartado anterior. c) Será causa de suspensión automática, hasta que se efectúen los pagos correspondientes, la falta de pago de los aportes señalados en el inciso e) del artículo 3 de este estatuto. No obstante la Comisión Directiva podrá conceder prórroga hasta de sesenta días. Antes de adoptar decisión sobre suspensión o expulsión de un socio, la Comisión Directiva deberá dar vista de las actuaciones al interesado por el término de 10 días hábiles y perentorios, dentro de cuyo plazo el interesado podrá articular su defensa, la resolución a recaer deberá ser fundada.</p>
<p><strong>CAPITULO IV- AUTORIDADES- Asamblea General.- Artículo 11.- (Competencia).</strong> La asamblea General se reunirá con carácter ordinario o extraordinario, para considera exclusivamente los asuntos incluidos en el respectivo orden del día. La asamblea ordinaria se reunirá anualmente dentro de los sesenta días siguientes al cierre del ejercicio económico (Art. 23) y tratará la memoria anual y el balance que deberá presentar la Comisión Directiva, así como todo otro asunto que la misma hubiere incluido en el orden del día. Además designará la Comisión Electoral cuando corresponda (Art. 21). La Asamblea General Extraordinaria se reunirá en cualquier momento por decisión de la comisión Directiva, o por iniciativa de la Autoridad Fiscal o de la Comisión Electoral, o a pedido del diez por ciento de los Asociados hábiles para integrarla. En caso de solicitud de convocatoria por parte de la Autoridad Fiscal o Electoral o del porcentaje de socios expresados, la Comisión Directiva deberá efectuar el llamado dentro de los quince días siguientes y para fecha no posterior a los treinta días, a partir del recibo de la petición. <strong>Artículo 12.- (Convocatoria)</strong>. Las Asambleas Generales serán convocadas mediante aviso personal, o escrito a los asociados, con antelación de por lo menos siete días a la fecha de realización de aquellos y con la publicación de un aviso en un periódico local en un Diario de la ciudad de Montevideo, con aviso radiales, y/o TV, y por cartelera, por lo menos tres días antes de la celebración del acto convocado.  <strong>Artículo 13.- (Instalación y Quórum)</strong>. La Asamblea General Ordinaria sesionará validamente con el número de asociados hábiles para integrarla con plenos derechos que se encuentren presentes a la hora de la citación. La asamblea extraordinaria, salvo los casos previstos en el artículo siguiente sesionará en primera convocatoria, con la presencia de la mitad más uno de los socios hábiles con derecho a voto y en segunda convocatoria, podrá sesionar una hora más tarde con los que concurren. En todos los casos la asamblea adoptará sus decisiones por mayoría simple de votos de presentes, salvo lo establecido en el Art. 14. Para participar en las Asambleas será necesario que los socios acrediten su identidad en la forma que se reglamente, que firmen un libro especial de asistencia llevado al efecto y que no se encuentren suspendidos en razón de lo dispuesto en el apartado c) del Art. 9. Las Asambleas serán presididas por el Presidente y Secretario de la Comisión Directiva, e integrarán la mesa los miembros que el propio Consejo decida, en caso de ausencia de cualquiera  de estos miembros será presidida por los miembros que designe la Asamblea General. <strong>Artículo 14.- (Mayorías Especiales)</strong>. Para la destitución de la Comisión Directiva, la reforma de este estatuto y la disolución de la entidad, será necesario resolución de una Asamblea Extraordinaria adoptada por tres quintos de votos hábiles. Esta Asamblea se reunirá validamente en primera convocatoria con el Quórum indicado en el artículo 13, en segunda convocatoria a realizarse por lo menos diez días después, con el veinte por ciento de los asociados habilitados para integrarla y en tercera convocatoria, a celebrarse no antes de cinco días siguientes, con los que concurran y previo aviso al Ministerio de Educación y Cultura, que se cursará por lo menos con tres días de anticipación al acto.2º) Comisión Directiva. <strong>Artículo 15.- (Integración)</strong> La Dirección y Administración de la Asociación estará a cargo de una Comisión Directiva compuesta de cinco (5) miembros mayores de edad, quienes durarán dos años en sus cargos y podrán ser reelectos hasta por dos períodos más. Los mismos se mantendrán en el desempeño de sus funciones, al vencimiento del mandato, hasta la toma de posesión de los nuevos miembros electos. La elección de nuevos miembros de la Comisión Directiva se efectuarán según el procedimiento establecido en el Artículo 22, conjuntamente con doble número de suplentes preferenciales. La Comisión electa designará de su seno los cargos respectivos, con excepción  del Presidente que lo será quien encabece la lista electiva más votada. <strong>Artículo 16.-</strong> En caso de ausencia definitiva del Presidente y del Vicepresidente, la Comisión Directiva, una vez integrada  con los suplentes correspondientes, designará un nuevo Presidente, la Primera Asamblea General que se realice posteriormente confirmará o rectificará esa decisión. En caso de agotarse la lista de suplentes, las vacantes que se produzcan en la Comisión Directiva serán llenadas con miembros designados directamente por esta, quienes permanecerán en sus cargos hasta la primera Asamblea General que se realice, la que adoptará resolución definitiva al respecto. <strong>Artículo 17.- (Competencia y Obligaciones)</strong>. La Comisión Directiva tendrá las más amplias facultades de dirección, administración y disposición, pudiendo en consecuencia, llevar a cabo todos los actos jurídicos y adoptar todas las decisiones tendientes al cumplimiento  de los fines sociales, de las resoluciones adoptadas por la Asamblea general. No obstante para la disposición y gravamen de bienes inmuebles, o para contraer obligaciones superiores a la suma de diez (10) veces el monto del promedio de recaudación ordinaria de los últimos tres mese (tomándose como tope el que resulte menor) será necesaria la autorización expresa de la Asamblea General aprobada por no menos de tres quintos de sus integrantes. La representación legal de la institución será ejercida por la Comisión Directiva, por intermedio del Presidente, Secretario actuando conjuntamente, sin perjuicio del otorgamiento de mandatos especiales a otros miembros o a personas ajenas. <strong>Artículo 18.- </strong>La Comisión Directiva podrá reglamentar su propio funcionamiento con ajuste a las normas generales de los estatutos, como así también lo referente a las funciones del personal de la institución. Deberá sesionar por lo menos una vez al mes se reunirá validamente con un mínimo de cuatro miembros y adoptará decisiones por mayoría simple, salvo disposición destinta de estos estatutos para determinados asuntos. En caso de empate en las votaciones; el Presidente tendrá doble voto, pero en ningún caso se podrá decidir si no votan afirmativamente por lo menos tres miembros. Dos miembros cualesquiera de la Comisión Directiva podrán citar a reunión de la misma, si el Presidente omitiere hacerlo frente a un caso concreto de necesidad. Es incompatible la calidad de miembro de la Comisión Directiva con la de empleado o dependiente de la entidad por cualquier concepto. 3º) Autoridad Fiscal. <strong>Artículo 19.- (Integración y Mandato)</strong> La Autoridad Fiscal estará compuesta por tres miembros titulares, mayores de edad quienes durarán dos años en sus cargos y serán elegidos conjuntamente con doble número de suplentes preferenciales, simultáneamente con la elección de Comisión Directiva, pudiendo ser reelectos hasta por periodos más. Todos los miembros deberán ser mayores de edad y no podrán ser al mismo tiempo titulares ni suplentes de la Comisión Directiva. Asimismo rige para los miembros de la Autoridad fiscal la incompatibilidad establecida en el Art. 18 in fine para los miembros de la Comisión Directiva. <strong>Articulo 20.- (Atribuciones)</strong> Son facultades de la Autoridad Fiscal: a) Solicitar a la Comisión Directiva la Convocatoria de Asamblea Extraordinaria (Art.11) o convocatoria directa en caso de que aquella no lo hiciese o no pudiere hacerlo, b) Fiscalizar los fondos sociales y sus inversiones, en cualquier tiempo, c) Inspeccionar en cualquier tiempo y momento los registros contables y otros aspectos del funcionamiento de la Institución, d) Verificar el balance anual el que deberá aprobar u observar fundadamente antes de su consideración por la Asamblea general, e) asesorar a la Comisión Directiva cuando esta se lo requiera, f) Cumplir cualquiera otra función inspectiva o de control que entienda conveniente o le cometa la Asamblea General. 4º) Comisión Electoral. <strong>Artículo 21. (Designación y Atribuciones)</strong>. La Comisión Electoral estará integrada por tres miembros titulares, todos mayores de edad. Será elegida por la Asamblea general Ordinaria, en los años que corresponda efectuar elecciones conjuntamente con igual número de suplentes preferenciales. Esta Comisión tendrá a su cargo todo lo relativo al acto eleccionario, así como la realización del escrutinio y determinación de sus resultados y de los candidatos triunfantes. Tiene facultades para llamar a Asamblea Extraordinaria en caso de irregularidades graves en la elección. La misma cesará en sus funciones una vez que los nuevos integrantes de la Comisión directiva y autoridad fiscal hayan entrado en  posesión de sus cargos.</p>
<p><strong>CAPITULO V: Elecciones. Artículo 22.- (Oportunidad y Requisitos)</strong>. El acto eleccionario para miembros de la Comisión directiva y de la autoridad fiscal se efectuará cada dos años, dentro de los sesenta días siguientes a la celebración de la Asamblea General correspondiente. El voto será secreto y se emitirá a través de listas que deberán ser registradas ante la Comisión Electoral con anticipación máxima de ocho días a la fecha de la elección. Deberán formularse listas separadas para la Comisión Directiva y Fiscal; con indicación del candidato a la Presidencia de cada una. Para ser admitida una lista deberá contener las firmas de los diez candidatos y de diez socios activos más. Los cargos serán distribuidos por el sistema de representación proporcional. Para proclamar los candidatos triunfantes, darles posesión de sus cargos, se integrarán en Comisión General la comisión electoral y la Directiva saliente. Los grupos de socios que presenten listas electorales podrán designar un delegado por cada una para que controle el acto electoral y el escrutinio.</p>
<p><strong>CAPITULO VI: Disposiciones Generales Artículo 23.-</strong>Todos los cargos electivos que se ejerzan dentro de la asociación tendrán carácter honorario. <strong>Artículo 24:</strong> en caso de disolución de la asociación los bienes que existieran serán destinados a la Escuela de Nutrición. <strong>Artículo 25.- (Ejercicio económico)</strong> El ejercicio económico de la institución se cerrará el 31 de agosto. <strong>Artículo 26.- (Limitaciones Especiales)</strong> Esta asociación prescindirá de todo asunto o tendencia política-partidaria, religiosa y filosófica que no tenga relación con intereses profesionales.</p>
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		<title>Aranceles</title>
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		<pubDate>Tue, 15 Feb 2011 16:35:10 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Socio]]></category>
		<category><![CDATA[Institucional]]></category>

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			<content:encoded><![CDATA[<p>INTRODUCCIÓN</p>
<p>En el ejercicio particular de la profesión los Nutricionistas deberán guiarse, para el cobro de sus honorarios, por lo fijado en este arancel.<br />
Debido a la diversidad de pacientes que se atienden, este Arancel establece rangos. A su vez, el nutricionista podrá renunciar a sus honorarios o adecuar los mismos cuando la situación así lo aconseje.<br />
A los efectos del cálculo de honorarios deberá tenerse presente:<br />
a) la naturaleza de los servicios, la complejidad del tratamiento y el trabajo realizado.<br />
b) la duración de la asistencia profesional prestada.</p>
<p>MODALIDADES DE ASESORAMIENTO</p>
<blockquote><p><span style="color: #666699;">A) Consultas de asesoramiento verbal</span></p>
<p>Entrevistas en el consultorio o domicilio, que evacua dudas del paciente<br />
(Ejemplo: Alimentos ricos en hierro)</p>
<p>½ a 3 U.R.</p></blockquote>
<blockquote><p><span style="color: #666699;">B) Consultas de asesoramiento escrito</span></p>
<p>Entrevistas en el consultorio o domicilio del paciente, de la cual surge un asesoramiento escrito que se elabora y entrega.<br />
(Ejemplo: Alimentos ricos en hierro por escrito)</p>
<p>1 a 6 U.R.</p></blockquote>
<blockquote><p><span style="color: #666699;">C) Plan de alimentación</span></p>
<p>Entrevista en el consultorio o domicilio del paciente que comprende:<br />
a) Anamnesia alimentaría<br />
b) Elaboración y entrega del Plan de Alimentación<br />
c) Dos controles</p>
<blockquote><p><span style="text-decoration: underline;">Complejidad 1</span>:<br />
a) Guía de consumo<br />
b) Distribución<br />
c) Indicaciones generales (grupos de vegetales, sustituciones, condimentos, bebidas permitidas, generalidades de formas de preparación, alimentos que deben evitarse, recomendaciones)<br />
d) Ejemplo de menú (1 día, sin recetario)</p>
<p>5 a 10 U.R.<br />
<span style="text-decoration: underline;"><br />
Complejidad 2</span>:<br />
a) Guía de consumo<br />
b) Distribución<br />
c) Formas de preparación<br />
d) Indicaciones generales (grupos de vegetales, sustituciones, condimentos, bebidas permitidas, alimentos que deben evitarse, recomendaciones)<br />
e) Plan de menú (5 días)<br />
f) Recetario</p>
<p>10 a 25 U.R.</p>
<p>Por cada día adicional del Plan de Menú con recetario</p>
<p>½ a 1 U.R.</p></blockquote>
<blockquote><p><span style="text-decoration: underline;">Controles</span><br />
Cada control que exceda los dos incluidos</p>
<p>1 a 2 UR</p></blockquote>
</blockquote>
<blockquote>
<blockquote><p><span style="color: #666699;">D) Asesoramiento a comedores institucionales</span></p>
<p>(Fábricas, clubes, colegios, residenciales geriátricos, clínicas psiquiátricas, etc.)<br />
a) Auditorías<br />
b) Planificación y organización del comedor previo a su apertura<br />
c) Planificación y organización del comedor en funcionamiento<br />
d) Supervisión<br />
e) Nutricionista con cargo mensual</p></blockquote>
</blockquote>
<blockquote>
<blockquote><p><span style="color: #666699;">E) Asesoramiento a comercios que expenden alimentos</span><br />
(Heladerías, bares, restaurantes, parrilladas, panaderías, rotiserías, etc.)</p></blockquote>
</blockquote>
<blockquote>
<blockquote><p><span style="color: #666699;">F) Asesoramiento a empresas que fabrican alimentos</span></p></blockquote>
</blockquote>
<blockquote>
<blockquote><p><span style="color: #666699;">G) Asesoramiento a Industria Química<br />
</span>Valen los puntos a,b,c,d y e del apartado D</p></blockquote>
</blockquote>
<blockquote>
<blockquote><p><span style="color: #666699;">H) Grupos de autoayuda</span><br />
Co-coordinador</p></blockquote>
</blockquote>
<blockquote>
<blockquote><p><span style="color: #666699;">I) Actividades educativas</span><br />
(Charlas, conferencias, cursos, etc.)</p>
<p>Debido a la diversidad y complejidad de la tarea a realizar se entiende que el cálculo de honorarios se hará en base a las horas empleadas para realizar el trabajo.</p>
<p>1 a 6 U.R./Hora</p></blockquote>
</blockquote>
<blockquote>
<blockquote><p><span style="color: #999999;"><span style="color: #666699;">J) Certificación de alimentos para empresas de elaboración</span><br />
</span>(Ej: Rotulación de productos cárnicos)</p>
<p>15 a 20 U.R./ Por producto certificado</p></blockquote>
</blockquote>
<p>Aprobado en Asamblea del día 20/10/93</p>
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		<title>CONUMER</title>
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		<pubDate>Tue, 15 Feb 2011 16:34:14 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Socio]]></category>

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